COMUNICADO
El Infrascrito Secretario General de la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (CONATEL), hace de conocimiento a los operadores de Servicios de Telecomunicaciones, personas naturales o jurídicas; que en aplicación al Decreto Legislativo No. 106-2017 publicado en el diario Oficial La Gaceta en fecha quince (15) de diciembre del dos mil diecisiete (2017), donde concede AMNISTÍA para el pago de los intereses y recargos, causados por la mora administrativa acumulada hasta el 31 de Diciembre de 2016, derivados de las tasas y cargos por la operación de servicios de telecomunicaciones, así como las de multas generadas por infracciones cometidas por los operadores de Servicios de Telecomunicaciones o personas naturales o jurídicas que no cuentan con un título habilitante para operar servicios de telecomunicaciones; pudiendo enterarse antes del 31 de Diciembre de 2017 y de conformidad a lo establecido en el presente Decreto; los valores que adeuden a la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (CONATEL) por cualquier concepto, exento de los recargos por mora e intereses generados por la falta de pago sobre las deudas acumuladas hasta el 30 de Junio de 2017. Y considerando que dicha fecha día inhábil y el primero (01) de enero es feriado nacional, se traslada el vencimiento de la AMNISTÍA hasta el día dos (2) de enero del año dos mil dieciocho (2018).
Comayagüela, M.D.C., a los 29 días del mes de diciembre del año dos mil diecisiete (2017)
Abogado Willy Ubener Dias
Secretario General
CONATEL